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CONSEJOS DE LA FEDERACION CANINA
DE VENEZUELA
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Compré un cachorro: qué debo solicitar al
criador o propietario?
Si el
criador le ofrece registro de la F.C.V.,
verifique con él si ambos padres están
registrados, que los propietarios que
aparecen en el frente de los registros son
los dueños actuales de ambos ejemplares o
sea que en el registro aparecen en el frente
como propietarios con esto puede asegurar
que el registro de su cachorro pueda ser
tramitado.
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Qué ocurre si
los padres no han sido traspasados en la
F.C.V.?
Si tienen
los registros debidamente llenados y
firmados por el propietario anterior, pueden:
Introducir de inmediato los traspasos a la
F.C.V. o 2. Introducirlos en el momento que
vayan a registrar la camada.
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Cómo puedo
hacer mis trámites y solicitudes si vivo en
el interior del país?
Todo
tramite o solicitud se puede hacer por
correo, preferiblemente debe utilizar algún
correo especial (Aerocav, Domesa o MRW).
Solo llámenos para conocer las tarifas
vigentes y envíelos.
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Cuándo me
entreguen el registro de mi nuevo perro o
cachorro, qué debo hacer?
Debe
dirigirse a las oficinas de la F.C.V., cuya
dirección aparece en la parte posterior del
Certificado de Registro para introducir su
traspaso. El traspaso debe estar debidamente
lleno y firmado por el o los propietarios
anteriores como también por los nuevos
propietarios que aparecen indicados en la "Sección
A" del traspaso.
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Debería
solicitar un recibo del propietario por la
compra de mi perro o cachorro?
Siempre que
usted obtenga por el cual paga dinero
deber’a solicitar un recibo y en este caso
asegurar que le especifiquen que el ejemplar
ser‡ registrado en la F.C.V., los nombres de
los padres, de registro de ambos y el nombre
del criador o propietario.
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Mi perro está
registrado, pero se me perdió el Certificado
de Registro de la F.C.V.: cómo solicito uno
nuevo?
Puede
solicitar un Duplicado de su registro
siempre y cuando sea legalmente el
propietario o sea que haya hecho el traspaso
en las oficinas de la F.C.V., de lo
contrario tendrá que solicitar al criador o
propietario anterior que haga la solicitud.
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Mi perra tuvo
cachorros: cómo registro la camada?
Deberá
pedir a las oficinas de la F.C.V. una
Solicitud de Registro de Parto que deberá
llenar tanto usted como el dueño del padre
de los cachorros, solo registrará los vivos
como le indica la planilla. Introducirla o
enviarla a las oficinas de la F.C.V. con el
pago correspondiente para el registro de sus
cachorros.
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Yo adquirí un
perro: qué necesito para registrarlo en la
Federación?
Solo se
pueden registrar en la F.C.V. si ambos
padres están registrados y no ha
transcurrido más de un año de la fecha de
nacimiento. La F.C.V. no hace registro
inicial o sea una evaluación para asegurar
de vista la raza pura de su animal, solo los
registros de las diversas entidades
Internacionales pueden asegurarnos la
legitimidad de su perro.
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Cómo registro
un perro importado?
Debe tener
el registro original debidamente traspasado
a su nombre en el país de origen. Si el país
de donde procede el ejemplar expide Pedrigí
de Exportación, deberá solicitarlo, caso
contrario necesitará el Registro Individual
y un pedigr’íde 3 generaciones.
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Debo
notificar la monta?
Efectivo el
1º de Julio de 1999, todas las montas
deberán notificarse en los quince (15) días
siguientes de la monta en las oficinas de la
F.C.V., llenando un formato que podrá
solicitar y que deberá ser firmado por el
dueño de la hembra y del macho y adjuntando
copias de sus cédulas de identidad.
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Cuándo debo
registrar la camada?
Le podemos
recomendar esperar hasta los diez (10) o
quince (15) días de nacido para registrar su
camada, en especial en camadas grandes que
muchas veces sufren pérdidas los primeros
días, recuerde solo va a registrar los vivos.
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Desde qué
edad puedo cruzar mi perra? Puedo cruzarla
dos veces seguidas?
Por
reglamento no podrán cruzarse hembras o
machos menores de un (1) año computado a la
fecha de la monta, aunque mundialmente se
recomienda no cruzar las perras antes de los
diesiocho (18) meses o el tercer celo.
Tampoco podrán cruzar las perras celos
consecutivos, tiene que transcurrir un
mínimo de diez (10) meses entre celo y celo.
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Cuáles son
los papeles que debo tener?
A)
Certificado de Registro: Cuando usted
adquiere un perro de pura raza que le
informan que será registrado ó que ya lo
está, deberá exigir que esa persona, que
puede ser el criador, propietario ó un
revendedor, le entregue su Certificado de
Registro, su primer documento de garantía de
pureza, este certificado es donde se
especifica el número de registro de su perro
y la fecha de nacimiento y registro de éste
incluyendo su nombre de registro, raza,
padre y madre con sus respectivos números de
registro, criador y propietario actual,
pídale que le sea entregado debidamente
lleno y firmado en la parte posterior en la
"Sección A". Usted deberá, lo antes posible,
ya sea personalmente ó por correo, hacer
llegar dicho registro debidamente llenado y
firmado en su parte posterior en la "Sección
B", a las oficinas de la Federación Canina
de Venezuela junto con la cantidad a pagar
de los Derechos de Traspaso, dicha dirección
la encontrará en la parte posterior de su
Registro, así como los teléfonos para
solicitar las tarifas actuales.
Ver abajo.
B) El Pedigrí: El pedigrí o Arbol
Genealógico, es el certificado de origen,
certificado de pureza o garantía de linaje
de su perro. Es un documento muy completo en
el que constan los datos de procedencia del
ejemplar con sus antepasados hasta la
tercera o cuarta generación (de acuerdo a
los que usted solicite). El pedigrí
garantiza que un cachorro es puro, que
pertenece a una cría registrada y controlada
por la F.C.V.: garantiza también que sus
padres eran puros y que sus padres reunían
las condiciones reglamentarias para
registrar dicha camada. Para registrar una
camada ambos padres deben tener pedigrí y
estar registrados en la F.C.V.. Si un solo
padre tiene registro no se podrá registrar
una camada. El pedigrí deberá ser solicitado
a la F.C.V. Ver abajo.
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Qué es lo
primero que debo hacer antes de aceptar
cruzar mi perra o prestar mi perro para el
cruce?
Verificar
que para la fecha de la monta o cruce tanto
el macho como la hembra tengan un (1) año de
edad.
Que la hembra no haya sido cruzada o montada
dentro de los diez (10) meses anteriores.
La hembra no podrá ser mayor de nueve (9)
años, ni el macho mayor de diez (10) a la
fecha de la monta o cruce.
Deben estar seguros que el ejemplar este
registrado en la Federación Canina de
Venezuela, pidan al dueño o dueña del
ejemplar que les muestren el Certificado de
Registro de la FCV.
Verifique que el ejemplar haya sido
legalmente traspasado, o sea, que el
registro en el espacio de "Propietario"
tenga el nombre de la persona o personas que
dicen ser los dueños actuales.
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Significa que
no puedo cruzar mi perro con un ejemplar si
no tiene el nombre de su dueño donde dice "propietario"
en el Certificado de Registro?
No,
significa que debe informarle al dueño del
ejemplar que deberá introducir el traspaso
en las oficinas de la FCV antes de la monta
de esta manera se evitarán problemas en el
registro de su camada. Además deberá
solicitar la notificación de monta que
deberá ser entregada en los quince (15) días
siguientes a la fecha de la monta para
asegurar esta le sea registrada a su debido
tiempo.
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Que trato se
debe hacer en cuanto al pago de la monta?
El acuerdo
al que ustedes lleguen deberá ser mutuo,
preferiblemente por escrito y antes del
cruce. El dueño del perro podrá exigir un
pago monetario ó si él desea, un cachorro
que será escogido por él.
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Qué ocurre si
mi perra no queda embarazada y se hubiese
pagado la monta?
Si su perra
no queda en estado el dueño deberá prestar
su perro para un segundo cruce con la misma
perra, sin costo alguno. En el caso de que
la perra no quedase embarazada en el segundo
intento, usted pierde su derecho a cruce.
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Cuándo debo
registrar los cachorros?
Espere un
tiempo prudencial, 7 a 10 días. Recuerde que
solo deberá registrar los vivos. Pida la
planilla de Solicitud de Registro de Parto
en las oficinas de la FCV, léala con cuidado
por ambos lados antes de llenarla, para que
así no falte ningún dato. Esta deberá ser
entregada o enviada con el pago
correspondiente a las oficinas de la F.C.V.
para el registro de los cachorros antes de
los seis (6) meses de edad.
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Parágrafo único, del
Reglamento de Registro Genealógico. No se registrarán cachorros albinos ni los nacidos
con deformidades monstruosas tales como
labio leporino, paladar hendido ó ausencia
de algún miembro u órgano.
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